Trámites

CANCELACIONES DE VIAJES COMBINADOS

¿Qué entendemos por viaje combinado? La combinación, al menos de dos de los siguientes elementos: alojamiento, transporte, y otros servicios turísticos.

 Desde la publicación del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19, por la situación excepcional en la que nos encontramos, nuestro marco normativo viene marcado por numerosas resoluciones que se han ido aprobando en estos días. Teniendo en cuenta la vigencia temporal y sujeta en cualquier caso al mantenimiento del estado de alarma, se modifican algunas normativas vigentes, explicando en esta apartado los términos en los que deben aplicarse en relación a los viajes combinados.

 En el supuesto de que un viajero hubiese contratado un viaje combinado (esto es, un paquete turístico con dos o más servicios contratados (como viaje, alojamiento u otros servicios turísticos como excursiones) y el lugar de destino estuviese afectado por una circunstancia extraordinaria como consecuencia del Coronavirus (por ejemplo, decretos u órdenes del Gobierno de España u otro gobierno prohibiendo el acceso a un lugar determinado relacionado con el viaje) o se viese afectado por las limitaciones de movimiento concretas establecidas como consecuencia de la declaración del estado de alarma, el viajero tendrá derecho a resolver el contrato antes del inicio del mismo sin pagar ninguna penalización y tendrá derecho al reembolso completo de cualquier pago realizado, pero no a una compensación adicional.

 

El procedimiento para reclamar a la agencia de viajes la devolución de los importes abonados es el siguiente:

 

-El consumidor tiene que reclamar a la agencia de viajes la resolución del contrato, desde la imposible ejecución del mismo y la devolución de los importes abonados.

- La agencia de viajes puede ofrecer un bono sustitutivo de dichos importes, con una validez de un año.  Si el consumidor no utiliza el bono en ese plazo de un año, tiene derecho a la devolución del dinero.

-El consumidor también tiene derecho a la devolución del dinero si la agencia ha recuperado los importes que hubiese abonado a otros operadores económicos incluidos en el viaje (mayoristas, hoteles o aerolíneas).

-Si la cuantía devuelta fuera parcial, el consumidor tendrá derecho al reembolso parcial siendo  descontado del importe del bono entregado por la resolución del contrato.

- Los reembolsos serán efectuados en un plazo no superior de 60 días o desde aquella en que las entidades proveedoras de servicios hubieran procedido a su devolución.


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