Comunicación

El Boletín Oficial de la Provincia publica las Bases Reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones destinadas a Entidades con Fines Sanitarios

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El Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz nº 111 ha publicado hoy las Bases Reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones, en Régimen de Concurrencia Competitiva, destinadas a Entidades con Fines Sanitarios para el año 2025.

Podrán concurrir a esta convocatoria las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de carácter sanitario que desarrollen sus actividades en el ámbito de la misma, dentro del término municipal de Almendralejo.

El Ayuntamiento de Almendralejo propone la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a asociaciones que desarrollen actividades y programas de carácter sanitario que a su vez carezcan de ánimo de lucro en la ciudad de Almendralejo durante el año 2025.

Se consideran programas o actividades de interés general, a los efectos de la presente convocatoria de subvenciones, las que a continuación se detallan:

Programas dirigidos a la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad que persigan los siguientes objetivos:

a. Promover estilos de vida saludables.

b. Prevenir el consumo de drogodependencias y otros hábitos adictivos nocivos para la salud.

c. Prevenir determinadas temáticas de salud, dirigidos a los grupos de población o colectivos específicos (por ejemplo, obesidad infantil, nutrición...).

d. Impulsar actividades o proyectos enfocados en el ámbito de la salud mental.

e. Prestar información, asesoramiento y apoyo social.

f. Impulsar programas de formación o de educación para la salud en los diferentes ámbitos (colectivos específicos, educativo, familiar...).

g. Divulgar aspectos de salud (celebración de jornadas, escuelas de salud...).


El importe total de las subvenciones a conceder no excederá en su cuantía total de once mil setecientos euros (11.700,00 €) con cargo a la partida presupuestaria 31100 48000, existiendo crédito presupuestario suficiente.

La solicitud acompañada de la documentación solicitada complementaria correspondiente, deberá presentarse a través de la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de veinte días naturales desde la publicación de la presente convocatoria en el B.O.P. de Badajoz. por lo que se podrán presentar solicitudes desde el 12 de junio hasta el 1 de julio de 2025.

Las entidades solicitantes están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con la administración para la tramitación de la presente subvención.

Las solicitudes de subvención y anexos estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento de Almendralejo (https://www.almendralejo.es) y se presentarán de forma electrónica a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Almendralejo (https://almendralejo.sedelectronica.es/info.0) en los términos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentos adjuntos
Avi

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